El pleno de la Cámara de Diputados votó a favor en sesiones ordinarias esta semana, la nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis, con la cual se prevé limitar el uso personal de marihuana y castigar penalmente a quien sea sorprendido con más de lo permitido.
El Senado debe volver a solicitar que cambien lo que siguen limitando los diputados ya que al no permitir adquirir más de 28 gramos no se protege a México de un riesgo sanitario, están limitando inconstitucionalmente el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los mexicanos.
El delito que es y debe ser el más castigado es el de suministrar cannabis o cualquier otra droga a un menor de edad, atiendan con la máxima pena ese asunto, estamos de acuerdo.
¿Pero que estos legisladores creen que le están haciendo un favor al usuario final? ¡Ya saben que lo que exigimos los usuarios de marihuana es nuestra libertad personal! y permanecen postrados en su propuesta limitativa y criminalizadora.
Te dejamos algunos puntos importantes que debes entender para seguir exigiendo nuestros derechos en total plenitud:
- Limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las personas mayores de 18 años de edad.
- Permanece la criminalización permitiendo adquirir hasta 28 gramos como la cantidad máxima de posesión de cannabis para consumo personal, sin ameritar sanción alguna. Cuando una persona tenga en posesión más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis, sin su permiso especial los azules podrán sacarte en actos de corrupción los equivalentes a las multas impuestas que van de 5 mil 197 a 10 mil 754 pesos.
- Cualquier persona mayor de 18 años será limitada a cultivar y poseer en casa hasta seis plantas de marihuana dedicadas al consumo personal y hasta ocho cuando en la vivienda resida más de una persona consumidora. Con el previo permiso con vigencia de 1 año emitido por la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
- Los mexicanos mayores de 18 años no podrán constituir asociaciones de cannabis para cultivar y poseer plantas de cannabis psicoactivo de forma libre, todo lo contrario, será ultra limitado a cuatro plantas por socio y por supuesto quieren que no puedas elegir de más ya que no podrás exceder en ningún caso de 50 “peligrosas” plantitas.
- Lo más coherente es que se prohíba el consumo de cannabis en lugares “100% libres de humo” y por se prohíbe de igual forma el consumo en las escuelas, públicas y privadas, de cualquier nivel educativo, así como en áreas de trabajo.
- Prohibido conducir bajo los efectos de cannabis, cualquier vehículo, así como manejar u operar equipo o maquinaria que pueda causar daño.
- Si no está personalizada la venta estará prohibida la venta de cannabis o sus derivados por medio de máquinas de autoservicio, correo, teléfono, internet, etc.
- La persona que comercialice sin autorización será acreedor a una sanción de entre 5 y 15 años de cárcel a quien produzca, transporte, trafique, comercie o suministre marihuana sin la autorización correspondiente, en caso de que la cantidad sea superior a cinco kilos seiscientos gramos.
- La Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) estará facultada para regular y limitar la entrega de licencias con fines de producción, distribución, venta al usuario final, comercialización o integrales, abarcando toda la cadena productiva de cannabis.
También debemos considerar que ya se ha emitido el reglamento de uso medicinal del cannabis por COFEPRIS, en el que también se ha ingresado desproporcionadamente beneficios para farmacéuticas consolidadas, el senado ha ingresado una propuesta de acuerdo para permitir que los mexicanos agricultores puedan participar en la producción de cannabis medicinal ya que hasta el día de hoy sólo se autorizó producir EXCLUSIVAMENTE para la industria farmacéutica a través de protocolos de investigación autorizados, cerrando la puerta de la agricultura mexicana y de los mexicanos que producen remedios herbolarios.

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