Día histórico para México a través de una segunda intervención de la SCJN para invalidar, CON EFECTOS GENERALES los artículos 235, último párrafo y 247, último párrafo, de la Ley General de Salud que impedían la libertad al consumo lúdico de cannabis declarando que la Secretaría de Salud también podrá y deberá emitir las licencias de consumo personal.
Por lo que de forma administrativa se han liberado plenamente los derechos obtenidos en la Autorización Sanitaria de Consumo Personal de Cannabis. Es decir, ya no se recurrirá a la vía de amparo frente a COFEPRIS quedando ratificado que la Comisión antes señalada debe expedir la Licencia de Consumo Personal a todos los mexicanos mayores de edad que decidan libremente hacer uso de la cannabis.
Los efectos de esta determinación también exhortan a la Secretaría de Salud a emitir regulaciones sobre el comercio de la MARIHUANA para generar seguridad jurídica a los usuarios de cannabis.
También se indicó que, al emitir las autorizaciones, la COFEPRIS deberá precisar que el ejercicio de este derecho al consumo de cannabis y THC con fines personales – lúdicos en ningún caso podrá realizarse sin la autorización de consumo correspondiente y en ningún caso afectando el derecho de terceros, y al consumir en vía pública no se podrá realizar frente menores de edad, y en presencia de personas que no hayan dado su previa autorización.
Al finalizar la sesión del pleno, el Ministro Presidente destacó que se trata de una decisión histórica para las libertades de los mexicanos, pues con esto se consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad que fue retenido por los diputados y senadores en tres distintas prórrogas.
Una reconocida activista hace referencia a que el resultado “sólo” remueve el recurso de amparo que se necesitaba para recibir tu Autorización Sanitaria de Consumo Personal de Cannabis y comenta: “Quedamos igual”, argumento que queda muy alejado de la realidad ya que un grave problema era la falta de reconocimiento de nuestros derechos por parte de la Secretaría de Salud y más específicamente al negarle a los ciudadanos el derecho a usar cannabis en un pleno goce de nuestros derechos individuales.
El tiempo de lograr una licencia de consumo era de 4 a 6 meses debido a COFEPRIS, que te quita 3 meses de tiempo para emitir una respuesta y con la declaratoria de inconstitucional general del día de hoy, los mexicanos ya no recibirán una negativa por parte de COFEPRIS, sino que ahora recibirán su licencia de consumo, que tardaba un mes y medio a dos meses más.
Esta situación deja ver claramente la necesidad urgente de legislar el comercio, ya que no había una fuente legal en México para obtener marihuana y semillas, obstáculo importante para poder ejercer plenamente el derecho de usar marihuana sin sanciones penales.
La población en general no debería pasar por esto para ejercer libremente sus derechos. Siendo la obligación del Estado, la de salvaguardar los derechos individuales de los mexicanos, no la de prohibirlos o limitarlos.
Para la seguridad jurídica sobre el consumo personal las restricciones y/o limitaciones sobre el uso personal de cannabis estarán estipuladas en la licencia de consumo personal y/o en las leyes secundarias que la COFEPRIS deberá emitir.
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